Sin libertad de prensa en la Segunda República

Un lugar común es decir que la primera víctima de la guerra es la verdad y el periodismo. Sin embargo, no se suele decir lo mismo cuando se vive en una democracia. En la Segunda República española, la libertad de prensa fue reprimida y anulada por la aplicación de leyes de excepción desde el inicio. Esa censura fue una demostración más de que fue un régimen fallido desde el principio. La prensa funcionó como el escaparate público de la vulneración de los preceptos democráticos del régimen. Los sucesivos gobiernos se dotaron de herramientas legales para realizar una política de injerencias persistentes en la actividad periodística. La excepción se convirtió en norma a través de un entramado oficial de censura constante. La represión funcionó sobre todo sobre los periódicos monárquicos y conservadores que ejercían su libertad de expresión. Ante la mitificación de la Segunda República, no está de más examinar la distancia entre el mito de un régimen que se ha presentado como un progreso en la defensa de los derechos políticos y la realidad en su aplicación a la libertad de prensa.

La política informativa republicana comenzó con un decreto de urgencia apenas instaurado el nuevo orden. El 15 de abril de 1931, el Gobierno Provisional aprobó el Estatuto Jurídico de la República. Esta norma facultaba al Ejecutivo para negar a libre disposición los derechos que el propio texto venía a reconocer. El ministro de la Gobernación, Miguel Maura, utilizó estas atribuciones para ordenar la suspensión indefinida de los diarios conservadores ABC y El Debate, que denunciaron la permisividad gubernamental de mayo de 1931 en la quema de iglesias y otras dependencias religiosas.

La aplicación de medidas censoras continuó el 21 de agosto de 1931 con la clausura en bloque de la prensa tradicionalista vasco-navarra, incluyendo cabeceras como La Gaceta del Norte, Euzkadi y El Día. El gobierno de Manuel Azaña justificó estas suspensiones bajo la sospecha de conspiraciones carlistas, manteniendo el cierre de los talleres durante semanas. La mordaza definitiva llegó el 21 de octubre de 1931 con la aprobación de la Ley de Defensa de la República. Esta norma de excepción se insertó como disposición transitoria en la Constitución para legalizar la imposición de multas de hasta 10.000 pesetas y la suspensión de periódicos sin intervención de los tribunales.

Por otro lado, Santiago Casares Quiroga, otro ministro de la Gobernación, ordenó a los gobernadores civiles que aplicaran la Ley de Defensa de la República para perseguir a la prensa hostil. También utilizaron una ley de 1882 para sancionar «faltas a la autoridad» con multas y arrestos de directores. Un caso ilustrativo ocurrió en octubre de 1931, cuando varios diarios vascos recibieron multas de 5.000 pesetas por publicar una esquela de Jaime de Borbón con tratamiento de rey. Se trataba de censura directa de los monárquicos a través de multas y persecución.

Poco después, usaron el fallido golpe del general Sanjurjo, del 10 de agosto de 1932, para una mayor represión de la prensa. El Ejecutivo suspendió de forma simultánea a más de cien periódicos en todo el país, dejando mudas a cabeceras como ABC durante 111 días.

Durante este periodo, los gobernadores civiles actuaron como inspectores de periodistas. El mecanismo de control se basaba en el requisito del sellado previo del diario en las delegaciones de prensa de cada Gobierno Civil. Las empresas editoras tenían la obligación de presentar tres ejemplares de cada número antes de su distribución. Los directores de Madrid debían añadir tres copias adicionales destinadas al Ministerio de la Gobernación. Este procedimiento permitía al gabinete de prensa central, dirigido por Juan Guixé, supervisar qué información llegaba a los españoles.

El sistema de garantías constitucionales fue reemplazado por la discrecionalidad política de los representantes gubernativos. Pongo unos ejemplos. En Córdoba, el 1 de junio de 1933, se impidió la salida del periódico La Voz mediante una orden verbal de la policía. En Palencia, se prohibió al director de El Día informar sobre la retirada de símbolos religiosos. El gobernador de Ciudad Real ordenó la detención de Alfonso Castells, director de Adelante, bajo el pretexto del impago de multas administrativas. La lista es muy numerosa.

El triunfo de las derechas en las elecciones de noviembre de 1933 no cambió nada. El gobierno de Alejandro Lerroux y la coalición con la CEDA de José María Gil Robles utilizaron la Ley de Orden Público, aprobada en julio de 1933, para la represión de los periodistas. Esta norma permitió declarar estados de prevención, alarma o guerra para legitimar oficialmente la censura previa. El 11 de diciembre de 1933 se instauró la censura previa por primera vez de forma oficial en la historia del régimen.

El engranaje censor adquirió una estructura piramidal rígidamente centralizada. En la cúspide se situaba el ministro de la Gobernación, quien impartía las consignas a los gobernadores civiles y estos, a su vez, delegaban la supervisión diaria de los alcaldes. Los periódicos debían remitir una copia por duplicado de sus galeradas a las dependencias oficiales para obtener el visado antes de su edición. Aquellas provincias menos diligentes recibían advertencias constantes del Ministerio para unificar los criterios de censura bajo el mando del gobernador de Madrid.

La etapa de mayor asfixia informativa siguió a la Revolución de Octubre de 1934. La declaración del estado de guerra transfirió el control de la prensa a la autoridad militar. El general Virgilio Cabanellas, desde la Primera División Orgánica, dictó un bando el 6 de octubre de 1934 sometiendo todas las publicaciones a la jurisdicción de guerra. Los tribunales militares asumieron la potestad de juzgar delitos de imprenta y suspender rotativos de forma inmediata. En este contexto trágico se produjo el asesinato del periodista Luis de Sirval en la cárcel de Oviedo tras investigar ejecuciones sumarias cometidas por las tropas de la Legión en Asturias.

Mientras, en Madrid solo se autorizó la publicación de periódicos de derechas como ABC, El Debate, La Nación, Informaciones y El Siglo Futuro, mientras que la prensa republicana e izquierdista fue clausurada por días o semanas. La censura se aplicaba con rigor. Fue así como el gobierno radical-cedista emitió una circular el 2 de noviembre de 1934 prohibiendo taxativamente los huecos en blanco y los textos «machacados» en las páginas de los diarios para mostrar piezas censuradas. Esta medida obligó a los periódicos a insertar un único y discreto sello de «Visado por la censura» en un lugar predeterminado para simular una normalidad constitucional inexistente. Las empresas periodísticas reaccionaron utilizando anuncios de autopropaganda para rellenar los espacios de las noticias eliminadas, informando así indirectamente a sus lectores sobre la actividad del censor. En este sentido, el diario YA recibió una multa de 500 pesetas en enero de 1935 por publicar un proyecto sobre el Estatuto de Prensa desobedeciendo las órdenes del gabinete de censura.

La vigilancia se estrechó sobre las nuevas publicaciones mediante la exigencia de informes detallados en el registro de prensa. Los editores debían declarar el nombre del propietario, el domicilio social y la ubicación de la imprenta antes de obtener la autorización para editar. El Ministerio de la Gobernación centralizó un catálogo de todas las publicaciones del país, clasificándolas según su adhesión ideológica para facilitar su fiscalización.

La fijación gubernativa por el control de la opinión pública se extendió de forma sistemática a los medios internacionales. El Ejecutivo español desplegó estrategias de persecución para frenar la propagación de una imagen negativa del régimen en el exterior. El Ministerio de Estado coordinó con el Ministerio de la Gobernación una cadena inspectora que involucraba a embajadores y cónsules españoles en el extranjero. Los cargos diplomáticos asumieron el rol de analistas de medios para informar puntualmente sobre las críticas vertidas en la prensa europea.

El gobierno instauró en la Dirección General de Seguridad un fichero de corresponsales extranjeros para mantener bajo vigilancia a los periodistas internacionales radicados en España. Los informes elaborados por las embajadas eran pormenorizados y consignaban la posición ideológica, el estado civil y la solvencia moral y económica de cada periodista. El cuestionario constaba de once preguntas exhaustivas diseñadas para trazar una ficha policial completa de cada informador. Los periodistas considerados peligrosos por su tendencia política disponían de un seguimiento especial en los despachos ministeriales.

Una de las soluciones más drásticas ocurrió en octubre de 1934, cuando el ministro de Estado, Ricardo Samper, ordenó el corte de las comunicaciones telefónicas y telegráficas con el exterior para obligar a las agencias internacionales a emplear únicamente la fuente oficial del Gobierno.

La censura previa afectó también a los despachos enviados por los corresponsales a sus respectivos países. Los periodistas extranjeros debían depositar una copia de sus escritos en la oficina de censura antes de su transmisión. La compañía de Teléfonos y Telégrafos colaboró activamente en este chequeo pormenorizado de las comunicaciones internacionales. En noviembre de 1934, la periodista alemana Ilse Wolff Hirsch de Rivera fue expulsada del país tras permanecer detenida un mes por sus informes sobre la insurrección de Asturias.

La vigilancia no se limitó a los corresponsales fijos, sino que incluyó a colaboradores eventuales y periodistas españoles que escribían para medios extranjeros. Informes reservados en el Ministerio de Estado analizaban incluso a los lectores de periódicos subversivos impresos en el exterior, como La Internacional Sindical Roja, editada en París. El embajador en París informó puntualmente en mayo de 1936 sobre noticias aparecidas en Le Temps para que se tomaran medidas contra sus autores.

Tras el triunfo del Frente Popular en febrero de 1936, el gobierno de Santiago Casares Quiroga empleó los resortes de la Ley de Orden Público para seguir amordazando a la prensa hostil, aunque con una ejecución más desorganizada que en la etapa precedente. El 11 de marzo de 1936, una circular del Ministerio de la Gobernación recordó la necesidad de ejercer el control informativo con todo rigor mientras subsistiera el estado de alarma.

En los meses previos a la guerra, la prensa se convirtió en un campo de batalla visual donde los diarios volvieron a mostrar los huecos en blanco y los avisos de censura. Los rotativos nacionales como ABC y El Debate denunciaron las prohibiciones arbitrarias del Ejecutivo sobre noticias de disturbios sociales y huelgas.

El gobierno intensificó la persecución de noticias sobre movilizaciones militares y alijos de armas. Una circular del 31 de marzo de 1936 prohibió publicar la nota de Acción Popular referente a las elecciones municipales. El rotativo Heraldo de Madrid tuvo que editar la noticia de la retirada del Bloque Nacional del Parlamento con el cuerpo del texto casi completamente tachado el 16 de julio de 1936.

El acto final del aparato fiscalizador tuvo lugar entre el 13 y el 18 de julio de 1936. Tras los asesinatos de José Castillo y José Calvo Sotelo, el Gobierno impuso una mordaza total y severa. El ministro de la Gobernación envió la circular número 112 prohibiendo de forma absoluta cualquier noticia referente al movimiento militar en ciernes. Esta orden extrema buscó aislar informativamente a la población española mientras el Ejecutivo intentaba controlar la sublevación. Así, el golpe fue conocido antes en el extranjero que en España porque algunos corresponsales internacionales lograron burlar los cortes de las líneas telefónicas oficiales.

La censura de la libertad de prensa durante la Segunda República fue contradictoria con el régimen de libertades que supuestamente se iba a construir. Los dirigentes republicanos impusieron una represión convencidos de que la supervivencia del sistema justificaba el sacrificio de los derechos fundamentales de los ciudadanos. La libertad de expresión fue, durante este lustro, una mera formulación teórica. La censura fue una realidad institucionalizada, cotidiana y piramidal que no impidió la violencia política ni la Guerra Civil.

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 Un lugar común es decir que la primera víctima de la guerra es la verdad y el periodismo. Sin embargo, no se suele decir lo mismo  

Un lugar común es decir que la primera víctima de la guerra es la verdad y el periodismo. Sin embargo, no se suele decir lo mismo cuando se vive en una democracia. En la Segunda República española, la libertad de prensa fue reprimida y anulada por la aplicación de leyes de excepción desde el inicio. Esa censura fue una demostración más de que fue un régimen fallido desde el principio. La prensa funcionó como el escaparate público de la vulneración de los preceptos democráticos del régimen. Los sucesivos gobiernos se dotaron de herramientas legales para realizar una política de injerencias persistentes en la actividad periodística. La excepción se convirtió en norma a través de un entramado oficial de censura constante. La represión funcionó sobre todo sobre los periódicos monárquicos y conservadores que ejercían su libertad de expresión. Ante la mitificación de la Segunda República, no está de más examinar la distancia entre el mito de un régimen que se ha presentado como un progreso en la defensa de los derechos políticos y la realidad en su aplicación a la libertad de prensa.

La política informativa republicana comenzó con un decreto de urgencia apenas instaurado el nuevo orden. El 15 de abril de 1931, el Gobierno Provisional aprobó el Estatuto Jurídico de la República. Esta norma facultaba al Ejecutivo para negar a libre disposición los derechos que el propio texto venía a reconocer. El ministro de la Gobernación, Miguel Maura, utilizó estas atribuciones para ordenar la suspensión indefinida de los diarios conservadores ABC y El Debate, que denunciaron la permisividad gubernamental de mayo de 1931 en la quema de iglesias y otras dependencias religiosas.

La aplicación de medidas censoras continuó el 21 de agosto de 1931 con la clausura en bloque de la prensa tradicionalista vasco-navarra, incluyendo cabeceras como La Gaceta del Norte, Euzkadi y El Día. El gobierno de Manuel Azaña justificó estas suspensiones bajo la sospecha de conspiraciones carlistas, manteniendo el cierre de los talleres durante semanas. La mordaza definitiva llegó el 21 de octubre de 1931 con la aprobación de la Ley de Defensa de la República. Esta norma de excepción se insertó como disposición transitoria en la Constitución para legalizar la imposición de multas de hasta 10.000 pesetas y la suspensión de periódicos sin intervención de los tribunales.

Por otro lado, Santiago Casares Quiroga, otro ministro de la Gobernación, ordenó a los gobernadores civiles que aplicaran la Ley de Defensa de la República para perseguir a la prensa hostil. También utilizaron una ley de 1882 para sancionar «faltas a la autoridad» con multas y arrestos de directores. Un caso ilustrativo ocurrió en octubre de 1931, cuando varios diarios vascos recibieron multas de 5.000 pesetas por publicar una esquela de Jaime de Borbón con tratamiento de rey. Se trataba de censura directa de los monárquicos a través de multas y persecución.

Poco después, usaron el fallido golpe del general Sanjurjo, del 10 de agosto de 1932, para una mayor represión de la prensa. El Ejecutivo suspendió de forma simultánea a más de cien periódicos en todo el país, dejando mudas a cabeceras como ABC durante 111 días.

Durante este periodo, los gobernadores civiles actuaron como inspectores de periodistas. El mecanismo de control se basaba en el requisito del sellado previo del diario en las delegaciones de prensa de cada Gobierno Civil. Las empresas editoras tenían la obligación de presentar tres ejemplares de cada número antes de su distribución. Los directores de Madrid debían añadir tres copias adicionales destinadas al Ministerio de la Gobernación. Este procedimiento permitía al gabinete de prensa central, dirigido por Juan Guixé, supervisar qué información llegaba a los españoles.

El sistema de garantías constitucionales fue reemplazado por la discrecionalidad política de los representantes gubernativos. Pongo unos ejemplos. En Córdoba, el 1 de junio de 1933, se impidió la salida del periódico La Voz mediante una orden verbal de la policía. En Palencia, se prohibió al director de El Día informar sobre la retirada de símbolos religiosos. El gobernador de Ciudad Real ordenó la detención de Alfonso Castells, director de Adelante, bajo el pretexto del impago de multas administrativas. La lista es muy numerosa.

El triunfo de las derechas en las elecciones de noviembre de 1933 no cambió nada. El gobierno de Alejandro Lerroux y la coalición con la CEDA de José María Gil Robles utilizaron la Ley de Orden Público, aprobada en julio de 1933, para la represión de los periodistas. Esta norma permitió declarar estados de prevención, alarma o guerra para legitimar oficialmente la censura previa. El 11 de diciembre de 1933 se instauró la censura previa por primera vez de forma oficial en la historia del régimen.

El engranaje censor adquirió una estructura piramidal rígidamente centralizada. En la cúspide se situaba el ministro de la Gobernación, quien impartía las consignas a los gobernadores civiles y estos, a su vez, delegaban la supervisión diaria de los alcaldes. Los periódicos debían remitir una copia por duplicado de sus galeradas a las dependencias oficiales para obtener el visado antes de su edición. Aquellas provincias menos diligentes recibían advertencias constantes del Ministerio para unificar los criterios de censura bajo el mando del gobernador de Madrid.

La etapa de mayor asfixia informativa siguió a la Revolución de Octubre de 1934. La declaración del estado de guerra transfirió el control de la prensa a la autoridad militar. El general Virgilio Cabanellas, desde la Primera División Orgánica, dictó un bando el 6 de octubre de 1934 sometiendo todas las publicaciones a la jurisdicción de guerra. Los tribunales militares asumieron la potestad de juzgar delitos de imprenta y suspender rotativos de forma inmediata. En este contexto trágico se produjo el asesinato del periodista Luis de Sirval en la cárcel de Oviedo tras investigar ejecuciones sumarias cometidas por las tropas de la Legión en Asturias.

Mientras, en Madrid solo se autorizó la publicación de periódicos de derechas como ABC, El Debate, La Nación, Informaciones y El Siglo Futuro, mientras que la prensa republicana e izquierdista fue clausurada por días o semanas. La censura se aplicaba con rigor. Fue así como el gobierno radical-cedista emitió una circular el 2 de noviembre de 1934 prohibiendo taxativamente los huecos en blanco y los textos «machacados» en las páginas de los diarios para mostrar piezas censuradas. Esta medida obligó a los periódicos a insertar un único y discreto sello de «Visado por la censura» en un lugar predeterminado para simular una normalidad constitucional inexistente. Las empresas periodísticas reaccionaron utilizando anuncios de autopropaganda para rellenar los espacios de las noticias eliminadas, informando así indirectamente a sus lectores sobre la actividad del censor. En este sentido, el diario YA recibió una multa de 500 pesetas en enero de 1935 por publicar un proyecto sobre el Estatuto de Prensa desobedeciendo las órdenes del gabinete de censura.

La vigilancia se estrechó sobre las nuevas publicaciones mediante la exigencia de informes detallados en el registro de prensa. Los editores debían declarar el nombre del propietario, el domicilio social y la ubicación de la imprenta antes de obtener la autorización para editar. El Ministerio de la Gobernación centralizó un catálogo de todas las publicaciones del país, clasificándolas según su adhesión ideológica para facilitar su fiscalización.

La fijación gubernativa por el control de la opinión pública se extendió de forma sistemática a los medios internacionales. El Ejecutivo español desplegó estrategias de persecución para frenar la propagación de una imagen negativa del régimen en el exterior. El Ministerio de Estado coordinó con el Ministerio de la Gobernación una cadena inspectora que involucraba a embajadores y cónsules españoles en el extranjero. Los cargos diplomáticos asumieron el rol de analistas de medios para informar puntualmente sobre las críticas vertidas en la prensa europea.

El gobierno instauró en la Dirección General de Seguridad un fichero de corresponsales extranjeros para mantener bajo vigilancia a los periodistas internacionales radicados en España. Los informes elaborados por las embajadas eran pormenorizados y consignaban la posición ideológica, el estado civil y la solvencia moral y económica de cada periodista. El cuestionario constaba de once preguntas exhaustivas diseñadas para trazar una ficha policial completa de cada informador. Los periodistas considerados peligrosos por su tendencia política disponían de un seguimiento especial en los despachos ministeriales.

Una de las soluciones más drásticas ocurrió en octubre de 1934, cuando el ministro de Estado, Ricardo Samper, ordenó el corte de las comunicaciones telefónicas y telegráficas con el exterior para obligar a las agencias internacionales a emplear únicamente la fuente oficial del Gobierno.

La censura previa afectó también a los despachos enviados por los corresponsales a sus respectivos países. Los periodistas extranjeros debían depositar una copia de sus escritos en la oficina de censura antes de su transmisión. La compañía de Teléfonos y Telégrafos colaboró activamente en este chequeo pormenorizado de las comunicaciones internacionales. En noviembre de 1934, la periodista alemana Ilse Wolff Hirsch de Rivera fue expulsada del país tras permanecer detenida un mes por sus informes sobre la insurrección de Asturias.

La vigilancia no se limitó a los corresponsales fijos, sino que incluyó a colaboradores eventuales y periodistas españoles que escribían para medios extranjeros. Informes reservados en el Ministerio de Estado analizaban incluso a los lectores de periódicos subversivos impresos en el exterior, como La Internacional Sindical Roja, editada en París. El embajador en París informó puntualmente en mayo de 1936 sobre noticias aparecidas en Le Temps para que se tomaran medidas contra sus autores.

Tras el triunfo del Frente Popular en febrero de 1936, el gobierno de Santiago Casares Quiroga empleó los resortes de la Ley de Orden Público para seguir amordazando a la prensa hostil, aunque con una ejecución más desorganizada que en la etapa precedente. El 11 de marzo de 1936, una circular del Ministerio de la Gobernación recordó la necesidad de ejercer el control informativo con todo rigor mientras subsistiera el estado de alarma.

En los meses previos a la guerra, la prensa se convirtió en un campo de batalla visual donde los diarios volvieron a mostrar los huecos en blanco y los avisos de censura. Los rotativos nacionales como ABC y El Debate denunciaron las prohibiciones arbitrarias del Ejecutivo sobre noticias de disturbios sociales y huelgas.

El gobierno intensificó la persecución de noticias sobre movilizaciones militares y alijos de armas. Una circular del 31 de marzo de 1936 prohibió publicar la nota de Acción Popular referente a las elecciones municipales. El rotativo Heraldo de Madrid tuvo que editar la noticia de la retirada del Bloque Nacional del Parlamento con el cuerpo del texto casi completamente tachado el 16 de julio de 1936.

El acto final del aparato fiscalizador tuvo lugar entre el 13 y el 18 de julio de 1936. Tras los asesinatos de José Castillo y José Calvo Sotelo, el Gobierno impuso una mordaza total y severa. El ministro de la Gobernación envió la circular número 112 prohibiendo de forma absoluta cualquier noticia referente al movimiento militar en ciernes. Esta orden extrema buscó aislar informativamente a la población española mientras el Ejecutivo intentaba controlar la sublevación. Así, el golpe fue conocido antes en el extranjero que en España porque algunos corresponsales internacionales lograron burlar los cortes de las líneas telefónicas oficiales.

La censura de la libertad de prensa durante la Segunda República fue contradictoria con el régimen de libertades que supuestamente se iba a construir. Los dirigentes republicanos impusieron una represión convencidos de que la supervivencia del sistema justificaba el sacrificio de los derechos fundamentales de los ciudadanos. La libertad de expresión fue, durante este lustro, una mera formulación teórica. La censura fue una realidad institucionalizada, cotidiana y piramidal que no impidió la violencia política ni la Guerra Civil.

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