Prohibición de entrar con bebida, gastos de gestión… sanción de 320.000 euros al organizador de Reggaeton Beach Festival por prácticas abusivas

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha sancionado con 320.000 euros al organizador de Reggaeton Beach Festival en distintas comunidades autónomas de España por introducir varias cláusulas abusivas que limitan los derechos de los consumidores. Han sido cuatro las infracciones graves: prohibir el acceso al recinto con comida y bebida del exterior, además de registrar a los asistentes; limitar la posibilidad de volver a entrar en el recinto al público, que tuvo que pagar un monto; limitar el derecho de reembolso del dinero a quienes no gastaron la totalidad de la cantidad recargada en el medio de pago que estableció la organización (normalmente, pulseras cashless, que son un dispositivo de pago electrónico). Y, por último, un cobro extra en gastos de gestión por la devolución del dinero, además de la no devolución de cantidades sobrantes menores a dos euros, y la imposición de gastos de gestión en la venta de entradas, al comprobar que el incremento del precio no tenía relación con el servicio finalmente dado.

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Consumo multa a la empresa también por limitar el derecho de reembolso del dinero a quienes no gastaron la totalidad de la cantidad recargada en las pulseras de pago electrónico

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Asistentes acceden a un festival de música en 2026.David Zorrakino (Europa Press/Getty Images)

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha sancionado con 320.000 euros al organizador de Reggaeton Beach Festival en distintas comunidades autónomas de España por introducir varias cláusulas abusivas que limitan los derechos de los consumidores. Han sido cuatro las infracciones graves: prohibir el acceso al recinto con comida y bebida del exterior, además de registrar a los asistentes; limitar la posibilidad de volver a entrar en el recinto al público, que tuvo que pagar un monto; limitar el derecho de reembolso del dinero a quienes no gastaron la totalidad de la cantidad recargada en el medio de pago que estableció la organización (normalmente, pulseras cashless, que son un dispositivo de pago electrónico). Y, por último, un cobro extra en gastos de gestión por la devolución del dinero, además de la no devolución de cantidades sobrantes menores a dos euros, y la imposición de gastos de gestión en la venta de entradas, al comprobar que el incremento del precio no tenía relación con el servicio finalmente dado.

Sumada a la multa económica, la sanción también obliga a la empresa a rectificar y eliminar de sus condiciones las cláusulas que se han considerado abusivas. El expediente fue abierto por Consumo después de que la asociación Facua-Consumidores en Acción presentara una denuncia.

En el comunicado en el que informa de la sanción, el ministerio señala una serie de recomendaciones al público para la compra de entradas para este tipo de eventos: el precio debe ser el final y completo desde el comienzo de compra de la entrada, con todos los gastos incluidos; solo se pueden cobrar gastos de gestión si responden a un servicio real; el agua del grifo en el recinto debe estar garantizada por la organización; la prohibición de ingresar comida y bebida de fuera puede ser considerada abusiva si dentro del recinto se permite su consumo mediante la compra. Asimismo, la reventa de entradas no está prohibida, pero hay que comprobar que el promotor la permita; si la compra no se hace a través de un canal oficial, es importante comprobar que no son nominativas, que se garantiza el acceso y que son vendidas por los promotores y no sobre eventos creados por las plataformas.

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