El Tribunal Supremo acaba de poner punto final al litigio sobre las pinturas murales de la sala capitular del monasterio de Villanueva de Sijena, en Huesca, que desde hace décadas se exhiben en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC). Ha desestimado los recursos de la Generalitat y del MNAC al fallo de la Audiencia Provincial de Huesca y da la razón al Gobierno de Aragón, por lo que esos frescos románicos del siglo XIII deberán volver a su punto de origen. Argumenta que el museo catalán no ha acreditado ningún “documento-contrato” que legitime esa “posesión” y que su guarda es en modo de “depósito”, ya que “no ha poseído las pinturas a título de dueño, pues las pinturas fueron arrancadas”.
La Generalitat aboga por garantizar “la buena conservación de las pinturas”
El Tribunal Supremo acaba de poner punto final al litigio sobre las pinturas murales de la sala capitular del monasterio de Villanueva de Sijena, en Huesca, que desde hace décadas se exhiben en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC). Ha desestimado los recursos de la Generalitat y del MNAC al fallo de la Audiencia Provincial de Huesca y da la razón al Gobierno de Aragón, por lo que esos frescos románicos deberán volver a su punto de origen. Argumenta que el museo catalán no ha acreditado ningún “documento-contrato” que legitime esa “posesión” y que su guarda en modo de “depósito”, ya que “no ha poseído las pinturas a título de dueño, pues las pinturas fueron arrancadas”.
El gran cambio de esta sentencia respecto a las anteriores —que la Generalitat y el MNAC siempre perdieron— es que no es recurrible, por lo que concluye un largo litigio iniciado en 2014, hace más de 10 años. En el juicio de primera instancia, el Gobierno catalán defendió su derecho sobre las pinturas murales con un escrito de 1992 suscrito entre Joan Guitart, entonces consejero autonómico de Cultura, y la madre federal de la Orden de San Juan de Jerusalén y priora del Monasterio de Valldoreix, Pilar San Joaquín Gracia, según el cual esa orden cedía en custodia a la Generalitat de Cataluña las pinturas murales.
La Justicia, en todos los pasos por los que ha pasado este litigio, ha negado el poder de ese contrato. Ahora el Supremo resigue el mismo camino y constata también que la prioría de Valldoreix “no tenía la representación del Monasterio de Sijena” y que la priora que firmó el convenio no estaría legitimada “para enajenar bienes” del monasterio. Los frescos románicos fueron trasladados a Barcelona en 1936, durante la Guerra Civil, para su restauración después de que el monasterio de Sijena sufriera un incendio.
De hecho, el fallo descarta la existencia de pruebas de la cesión de las pinturas en favor de la Generalitat por parte de la congregación de Sijena, y se hace referencia a un decreto pontificio que deja en manos de la entonces priora del Monasterio de Sijena, Virginia Calatayud, la posibilidad de ejercer acciones para recuperar las pinturas, derecho que ejerció posteriormente, añade el tribunal, a través del Gobierno aragonés. Calatayud fue habilitada justo antes del juicio.
El objetivo de toda la batalla judicial era que los frescos volvieran a cubrir la sala capitular del monasterio de Sijena, que ha protagonizado obras de reforma para acoger tanto los frescos románicos como el resto de objetos del monasterio que constaban en el MNAC y en el Museo de Lleida y que, a través de otra batalla judicial, fueron obligados a ser devueltos a Sijena. La petición del Gobierno de Aragón se basaba en sus competencias en la protección del patrimonio histórico-artístico y en “la cesión de acciones” que le hizo la comunidad religiosa de Sijena, según consta en la sentencia. La Generalitat de Cataluña, por su parte, además de defender los títulos que le ofrecían la custodia, intentaba defender que la jurisdicción civil no era competente para decidir sobre “confrontación” de competencias entre ambas administraciones.
Desde el primer fallo de 2016, la Generalitat ha paralizado cuanto ha podido el traslado de los murales, atendiendo a la “extrema fragilidad” de los frescos y al difícil proceso de desmontaje, transporte y montaje posterior en Sijena. Respaldaba esos reparos en el hecho de que, además, las sentencias hasta ahora eran recurribles, por lo que cabía la posibilidad de que esas tareas se pudieran tener que realizar en dos ocasiones (ida y vuelta) si finalmente el Supremo no daba la razón a la Audiencia de Huesca. Son argumentos que han avalado expertos internacionales en restauración.
Ahora, será el Juzgado número 2 de Huesca, el primero que dio el varapalo a la Generalitat, el que tendrá que ejecutar la misma sentencia que dictó en 2016. Pero se abren interrogantes sobre la posibilidad efectiva de hacer realidad el fallo judicial sin poner en riesgo ese patrimonio histórico de los siglos XII y XIII, unas de las mejores muestras de pintura civil de esa época. “La operación es inviable desde el punto de vista técnico sin que salgan maltrechos los murales, y los problemas pueden surgir desde el minuto uno, cuando se toquen las telas y los bastidores colocados en el MNAC”, advierte Alberto Velasco, profesor de Legislación y Tutela del Patrimonio Artístico de la Universitat de Lleida, quien lamenta que el litigio solo ha dirimido “sobre la propiedad” y que la ejecución de sentencia “es una derrota para todos” por el riesgo de perder valioso patrimonio.
En esa línea, el conseller de Presidencia de la Generalitat, ha señalado este miércoles que la “prioridad” de la Generalitat asegurar “la buena conservación” de los frescos. y analizará la sentencia dada a conocer por el Tribunal Supremo. Según ha asegurado, evitará actuaciones “que puedan perjudicar el mantenimiento y la integridad de las pinturas”.
Los murales que se exhiben actualmente en el MNAC, que muestran episodios del Antinguo Testamento, no son todos originales. De la composición actual, apenas un poco más del 50% de los dibujos proceden del monasterio de Sijena, a causa de los daños que habían sufrido por el paso del tiempo y el mencionado incendio de 1939, que provocó pérdidas pictóricas y alteración en los colores. El resto son recomposiciones de los frescos que hicieron los técnicos del museo catalán, que postraron sobre telas y bastidores que, señalan los técnicos, ahora diferirían de las formas de los arcos de la sala capitular de Sijena.
El expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, tildó ayer de “despropósito” la sentencia del Tribunal Supremo. Desde la red social X, señaló que “es una sentencia que no se puede ejecutar sin ponerlas pinturas en un riesgo muy alto de destrucción. Todos los expertos de todo el mundo lo advierten”.
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